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LReglamento de Pesca
Deportiva en ambientes lagunares y fluviales
Ambientes lagunares
Pejerrey
Se permite solo una caña por pescador,
provista tanto para la línea de flote como de fondo de un máximo
de 3 (tres) anzuelos simples de abertura interior de 7,8 milímetros
como mínimo.
Talla mínima de captura y cantidad de piezas a extraer por pescador
y por jornada de pesca:
25 cms. medidos en sentido longitudinal desde
el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal.
Temporada de pesca:
Desde el 2 de Diciembre de cada año
hasta el 31 de Agosto del siguiente año.
50 piezas para todas las lagunas bonaerenses contemplando las siguientes
excepciones:
80 piezas para las lagunas Las Tunas (Partido de Trenque Lauquen) y Del
Monte (Guaminí).
30 piezas para la laguna La Brava (Partido de Balcarce).
25 piezas para las lagunas de Monte (Partido de San Miguel del Monte), Lobos
(Partido homónimo), La Combe (Partido de Chascomús), Del Burro
(Partido de Chascomús), y De Los Padres (Partido de General Pueyrredón).
15 piezas en la laguna Camarón Grande (Partido de Pila).
Temporada de Veda:
Del 1 de Septiembre al 1 de Diciembre de cada año. Se permite la pesca deportiva los días Sábados, Domingos y feriados, con excepción del mes de Octubre (Período de VEDA TOTAL) en el que no se permitirá la extracción de ninguna pieza.
15 piezas en las lagunas de Monte, Lobos, Chascomús, Bragado, La Brava (Partido de Balcarce), Camarón Grande (Partido de Pila), La Combe (Partido de Chascomús) y De Los Padres (Partido de General Pueyrredón).
25 piezas en la laguna La Salada Grande (Partidos de General Madariaga y General Lavalle), Sauce Grande (Partido de Cnel. Dorrego), Del Monte y Cochicó (Partido de Guaminí).
30 piezas en la laguna de Chasicó (Partido de Villarino y Adolfo Alsina) y la albúfera de Mar Chiquita (Partido de Mar Chiquita).
20 piezas en el resto de las lagunas bonaerenses.
La autoridad de aplicación podrá
establecer modificaciones cuando las mismas sean técnicamente viables.
Ambientes Fluviales
Pejerrey
Se permite sólo una caña por
pescador, utilizando para líneas de flote un máximo de 5 (cinco)
anzuelos simples, y para la modalidad de fondo un máximo de 3 (tres)
anzuelos simples. No existen restricciones en cuanto al tamaño mínimo
de captura ni al número de piezas a extraer por dia y por persona.
Dorado
Temporada de pesca: La talla mínima
de capturas es de 60 cms. (Medidos desde el extremo anterior del cuerpo
hasta el extremo posterior de la aleta caudal) y la cantidad es de 2 (Dos)
piezas por pescador y por día.
Pejerrey
Desde el 1º de Octubre de cada año
al 15 de Enero del siguiente año. La veda de esta especie es de carácter
TOTAL, no permitiéndose su captura durante ese período.
Perca
Temporada de pesca: La talla mínima de captura es de 40 cms. (Medidos desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal) y la cantidad es de 10 piezas por pescador y por día.
Temporada de veda: Se extiende durante los
meses de Octubre y Noviembre. Durante dicho período se permite la
extracción de 3 piezas, autorizándose la pesca los día
Sábado, Domingo y feriados.
Salmónidos
La pesca de truchas podrá efectuarse solamente con medios artificiales tales como los denominados spinning (cuchara o señuelo), trolling (cuchara o señuelo desde embarcación) y/o fly cast (mosca).
Las jornadas de pesca deberán coincidir con las horas de luz natural, las piezas capturadas deberán ser devueltas en el mismo lugar y en forma inmediata.
Queda prohibida la utilización de carnada,
como así también la pesca en horarios nocturnos y la utilización
de artes o elementos no descriptos anteriormente.
Artes prohibidas para realizar la pesca deportiva en cualquier ambiente
de aguas interiores de la provincia de Buenos Aires.
Mediomundo, atarraya, espinel, trasmallo o tres telas
Utilización de los llamados "robadores".
Cualquier clase de red, sea de arrastre o de enmballe.
El dinero recaudado en concepto de venta de
licencias se destina al fondo provincial pesquero, siendo aplicado al financiamiento
de campañas de estudios técnicos de los ambiente acuáticos
bonaerenses, poblamiento y repoblamiento de espejos de agua con alevinos
y juveniles de pejerrey, tareas de control y fiscalización.
Licencias
Para la práctica de la pesca deportiva
y el transporte de especies capturadas es obligación poseer la correspondiente
licencia.
No federada: (Validez un año calendario).
Federada: (Validez un año calendario).
De Concurso: (Validez tres días).
Turística: (Validez veinte días).
Jubilados: Se les exigirá la licencia, la que podrá ser solicitada
sin cargo presentando el correspondiente ..carnet.
La infracción a esta reglamentación
es sancionada con pena de multa mínima equivalente a cuatro sueldos
mínimos de la administración pública nacional
Lugares autorizados para la venta de licencias de pesca
Ministerio de la Producción, Dirección
Provincial de Fiscalización de la actividad pesquera:
calle 12 esq. 51, piso 8º, La Plata, Torre 1.
Dirección de Fiscalización de
la actividad pesquera:
Mitre 2853. Mar del Plata.
Delegaciones
Casa de la Provincia de Buenos Aires: Callao 237, subsuelo, Capital Federal
(011) 4371-7045/46.
Dirección de Actividades Pesqueras Mar del Plata, Mitre e/Garay y
Castelli (0223) 493-2528.
Delegación Chascomús: Avda. Lastra y Juárez s/nº,
Chascomús. (02241) 42-2433.
Delegación Bahía Blanca.
Delegación Trenque Lauquen.
Delegación Carmen de Patagones.
Delegación Quequén - Necochea.
Casa de Campo Gral. Belgrano, Olavarría.
Municipalidades
Adolfo Alsina, Bolívar, Chascomús, Cnel. Dorrego, Gral. Arenales, Gral. Villegas, Gral. Madariaga, González Chavez, Guaminí, Hipólito Irigoyen, Junín, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Magdalena, Monte Hermoso, Navarro, Patagones, Pehuajó, Pila, Rojas, Saavedra, San Cayetano, Suipacha, Tres Arroyos y Villarino.